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ABRIL 2024
Nueva normativa para arrendamientos, ¿qué cambia?
FUENTE: Elaboración propia
El pasado mes de marzo entró en vigor el Real Decreto-ley del mercado del alquiler y la vivienda, el cual ha dado lugar a cambios en materia de alquiler que los propietarios que vayan a poner su casa en alquiler deben tener en cuenta ya que afecta a todos los nuevos contratos que se hayan firmado tras el 5 de marzo de 2019, los firmados con anterioridad no se ven afectados. Tampoco se ven afectados los arrendamientos urbanos de viviendas de más de 300 metros cuadrados o cuyo alquiler sea de más de 4.000€ al mes, en estos casos, primará el acuerdo entre los particulares frente a la normativa legal que pasa a un segundo plano.

Los cambios principales a tener en cuenta son; la ampliación de los contratos mínimos de cinco o siete años, se recupera así el periodo de la normativa anterior a 2013 y será cinco años el periodo de prórroga obligatoria salvo que el propietario sea una persona jurídica, en tal caso el plazo será de siete años. Pasado este tiempo, si no hay comunicación por ninguna de las partes, se ejecutará una prórroga tácita de tres años más. En caso de no querer renovar el contrato, el propietario tendrá que avisar con cuatro meses de preaviso y el inquilino con dos.

Otra cuestión fijada es el pago de garantías, que se establece en dos mensualidades adicionales a la fianza ya sea como depósito o como aval bancario. También se establece la actualización del precio acordado según el incremento del IPC de manera anual.

Uno de los puntos que más preocupaba a los arrendadores era la posibilidad de que las administraciones intervinieran en el mercado fijando los precios, ya que debido a la alta demanda de algunas ciudades la cuestión saltó a los medios de comunicación. A este respecto, el decreto ley propone la creación de un índice estatal de referencia que reúna datos de la Agencia Tributaria, registro de la propiedad y del de finanzas, el catastro y otras fuentes. Las Comunidades Autónomas (algunas ya los tienen en marcha) también podrán estableces sus propios índices de referencia y diseñar políticas de acceso a la vivienda pero no intervenir en los precios del libre mercado.

La realidad es que en los últimos meses el mercado del alquiler ha visto cómo sus normas se modificaban constantemente y por tanto, los diferentes expertos se muestran cautos a la hora de hacer previsiones de la respuesta de la oferta y de la demanda de los diferentes mercados locales.

Este decreto ley también dedica texto a las viviendas turísticas y a la vivienda social, a los impuestos, a las obras de reforma… Si te interesa conocer en profundidad las obligaciones y derechos de un arrendador y saber con datos reales de mercado qué se está pagando de alquiler o qué viviendas buscan por tu zona, consúltanos sin compromiso.
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