NEWSLETTER INMOBILIARIA
ABRIL 2024
¿Es obligatorio el certificado energético?
FUENTE: yaencontre.com
Aunque la nueva directiva de la Unión Europea no obliga hasta diciembre de 2020 que los edificios recién construidos registren un consumo energético de prácticamente cero, desde 2007 sí que exige a cualquier obra nueva disponer de un certificado energético. Esta etiqueta otorga una calificación al inmueble en función de sus emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera y su consumo energético.

Con la entrada en vigor el 1 de junio del 2013 del Real Decreto 235/2013, también se pasó a requerir que los propietarios de inmuebles en venta o alquiler proporcionaran a los compradores o arrendatarios el certificado energético del mismo. Una obligación de la que están exentos aquellos que ya tuviesen previamente un contrato de arrendamientos o quienes lo renueven al mismo inquilino.

Más allá de estos casos, existen algunos tipos de edificaciones que no necesitan ser certificados como los edificios y monumentos protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico; los edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas; o las construcciones provisionales con un plazo de utilización igual o inferior a dos años.
Calle Aguarón Nº10
50014 · Zaragoza
Tel: 976 479 409
info@aldebre.com