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ABRIL 2024
¿Cuáles son las posibilidades de vender una casa heredada?
FUENTE: Elaboración propia
Hay que tener claro que cuando una persona fallece, sus bienes no se traspasan de forma automática a los herederos sino que estos deben aceptar esa herencia ante notario y convertirse formalmente en herederos, para ello la documentación que tendrán que aportar será el certificado de defunción o de últimas voluntades.
Los herederos tendrán que pagar dos impuestos:

1. Tendrán que liquidar el Impuesto de Sucesiones (un impuesto que depende de la Comunidad Autónoma) a los seis meses siguientes desde el fallecimiento del que otorga la herencia y el resguardo de ese justificante de pago será necesario para poder proceder a la inscripción de aceptación de la herencia.

2. Hay que liquidar la plusvalía municipal, con el que se paga la actualización del valor de esta nueva propiedad.

El heredero o herederos tendrán que presentar ante notario la escritura de la casa para firmar la adjudicación de la herencia y en este trámite tendrán que modificar la titularidad del inmueble.

Por último, tendrán que acudir al Registro de la Propiedad para inscribir la herencia y este es el trámite fundamental si el heredero o herederos quieren vender, ya que deben constar como propietarios de la vivienda.
Aunque no existe ningún plazo legal para la venta de una vivienda heredada, hay que considerar que si el inmueble se vende pasado un año desde que se registró la vivienda a nombre del heredero, se tendrá que volver a pagar la plusvalía, por lo tanto, para evitar el pago de nuevo, se debería vender la casa heredada durante el año posterior a la adjudicación inscripción de la vivienda.
La venta de un inmueble heredado también tiene consecuencias fiscales para el heredero o herederos puesto que esta operación se considera una ganancia patrimonial y tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dentro del periodo de devengo en que se ejecute la venta. Esta ganancia tributará en la base imponible del ahorro y se tomará como referencia la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición declarado en el Impuesto de Sucesiones.

Ahora que tenemos claro los pasos a seguir para ser propietario de una vivienda heredada, en el caso de que no seamos el único heredero tendremos que tener en cuenta el concepto de proindiviso, y esto se da cuando un bien pertenece a varios propietarios en común.
No obstante hay varias formas de extinguir ese proindiviso, y pasan por un lado, por la unanimidad de todos los copropietarios, en cuyo caso las opciones más fáciles serían:

 Vender a una tercera persona y el dinero obtenido se repartiría entre todos los copropietarios en función de los porcentajes de cada uno.
 Vender a uno de los copropietarios, que pagaría el resto la parte correspondiente.

En este punto, es necesario aclarar que existe el derecho de retracto, es decir, que los copropietarios tienen prioridad sobre la compra del inmueble y en caso de igualdad de oferta el inmueble pasaría a venderse a uno de los copropietarios, por el contrario, si la oferta externa fuera más alta, el copropietario interesado tendría que igualarla y de no ser así, se vendería al comprador externo.

Otra de las opciones es que uno de los copropietarios quiere vender y el resto no, en este supuesto, el copropietario tiene todo el derecho a vender su porcentaje y puede hacerlo, el único inconveniente será encontrar un comprador que se decida a comprar el porcentaje de una vivienda.
Si por el contrario todos los copropietarios quieren vender y hay alguno que se niega a hacerlo, la ley establece que no se puede obligar a nadie a vender pero sí que existen algunos trámites legales para intentar extinguir el proindiviso.

 La primera opción es mediante un acto de conciliación para evitar llegar a juicio y que el juez dictamine la división del bien común. Si aun así no se quiere llegar a ningún acuerdo, se iría a juicio y el acto de conciliación serviría como prueba de que la otra parte está impidiendo la venta del proindiviso.

 La segunda opción es interponer una demanda de división común ante el juzgado, que suele terminar en subasta pública de venta y en el reparto del dinero obtenido.
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